Cuenta de cobro para psicólogos: qué es, cuándo sirve y un modelo
Qué es la cuenta de cobro para la DIAN, cuándo puedes usarla en vez de factura, qué conviene que lleve y qué pasa cuando te paga una institución, con un modelo.
Si atiendes en consulta privada, lo más probable es que cobres con cuenta de cobro. Esta guía explica qué es para la DIAN, cuándo puedes usarla en vez de una factura, qué conviene que lleve y qué pasa cuando te paga una institución, con un modelo para copiar.
Qué es, y qué no es
Ninguna norma define qué tiene que llevar una cuenta de cobro1, y para la DIAN no es un documento equivalente a la factura2. Es un documento para pedir un pago y dejar constancia de él. Que no tenga un formato legal no quiere decir que dé igual cómo la hagas: es lo que tu paciente, o quien te pague, va a guardar.
Cuándo puedes usarla en vez de factura
Para la DIAN, la psicología dirigida a la salud está excluida de IVA3. Si solo prestas servicios excluidos y tus ingresos del año anterior y del actual son menores a 3.500 UVT, unos COP 183,3 millones en 2026, no tienes la obligación de facturar, y la cuenta de cobro te sirve5,6.
Dos cuidados:
- Si facturas una vez por tu cuenta, pasas a tener la obligación5. Y quien tiene que facturar y entrega una cuenta de cobro en su lugar se expone al cierre del consultorio5.
- La DIAN mira para qué es el servicio, no tu profesión4. La psicología organizacional no está excluida3, y una evaluación para un proceso laboral o judicial puede no estarlo. Si haces ese tipo de trabajo, confírmalo con quien lleva tu contabilidad.
Lo que conviene que lleve
Como la ley no fija el contenido, lo que sigue es una recomendación: lo que hace que la cuenta sea clara para quien paga y útil para tu contabilidad.
- Un número consecutivo y la fecha. Te permite ubicar cada cobro y cada pago.
- Tus datos. Tu nombre y tu número de cédula o NIT.
- Quién paga. El nombre de tu paciente o de la institución.
- El concepto. Por ejemplo, las sesiones del mes con sus fechas. Sin diagnóstico ni motivo de consulta.
- El valor. En números y en letras.
- Cómo pagar. Tu llave Bre-B o tu cuenta, y la fecha límite.
Un modelo para copiar
Ajusta lo que está entre corchetes.
Cuenta de cobro N.º [0001]
[Ciudad], [fecha]
[Nombre de quien paga], con [cédula o NIT y número],
debe a [tu nombre], con [cédula o NIT y número],
la suma de [COP 480.000] ([cuatrocientos ochenta mil pesos]),
por concepto de [cuatro sesiones de psicología en octubre de 2026: días 2, 9, 16 y 23].
Pago por [Bre-B a la llave @tullave / transferencia a la cuenta de ahorros número ... de ...], a más tardar el [10 de noviembre de 2026].
[Tu nombre]
Cuando te paga una institución o una empresa
Cuando una empresa o una institución te paga y tú no facturas, el documento que la DIAN le pide para sus costos es un documento soporte. Lo genera ella, no tú, y lleva tu nombre y tu NIT5: lo que te toca es darle esos datos junto con tu cuenta de cobro. Si además te practica retención en la fuente, te tiene que dar un certificado, que te sirve en tu declaración de renta.
Cómo lo hace Zentra
En Zentra, cada cobro es una cuenta de cobro con número consecutivo, tu nombre y tu documento si lo configuras, el concepto, la fecha de la sesión, el valor, la fecha límite y cómo pagar: tu llave Bre-B y, si lo activas, el pago en línea. Puedes juntar las sesiones del mes en una sola, y tu paciente la abre desde un link y la puede imprimir o guardar en PDF.
Cuando tu paciente paga en línea, con el link de pago, la cuenta queda pagada sola; si paga por Bre-B, lo anotas con Registrar pago. Todo queda en los cobros de Zentra.
Fuentes
- DIAN, Oficio 24119 de 2017 (normograma de la DIAN), consultada el 30 de octubre de 2026.
- DIAN, Oficio 904661 de 2020 (normograma de la DIAN), consultada el 30 de octubre de 2026.
- DIAN, Concepto Unificado del IVA 0001 de 2003, numeral 2.1 (normograma de la DIAN), consultada el 30 de octubre de 2026.
- DIAN, Oficio 14699 de 2026 (normograma de la DIAN), consultada el 30 de octubre de 2026.
- Decreto 1625 de 2016, artículos 1.6.1.4.3, 1.6.1.4.11 y 1.6.1.4.12 (normograma de la DIAN), consultada el 30 de octubre de 2026.
- DIAN, Resolución 000238 de 2025 (UVT 2026), consultada el 30 de octubre de 2026.