Declaración de renta para psicólogos independientes: qué preparar al cierre del año
Si tienes que declarar renta por 2026, cuándo, cómo se tratan tus honorarios, qué te reduce el impuesto y la lista de documentos que pide la DIAN.
Lo que cobras por tus sesiones en 2026 se declara en 2027, entre agosto y octubre1. Pero los papeles se reúnen ahora, al cierre del año, cuando todavía es fácil pedirlos. Esta guía explica si tienes que declarar, cómo se tratan tus ingresos, qué te reduce el impuesto y qué documentos reunir.
¿Tienes que declarar?
Declaras renta por el año 2026 si se cumple al menos una de estas condiciones2,1:
- Tus ingresos brutos del año llegaron a 1.400 UVT2.
- Tu patrimonio bruto al cierre del año pasó de 4.500 UVT2.
- Tus consumos con tarjeta de crédito, tus compras y consumos, o lo que consignaste o depositaste en el año pasaron de 1.400 UVT2.
- Eras responsable de IVA2.
Los topes se miden con la UVT del año que declaras, la de 2026: COP 52.3743. Así, 1.400 UVT son unos COP 73,3 millones, y 4.500 UVT, unos COP 235,7 millones.
¿Cuándo?
Entre el séptimo día hábil de agosto y el décimo séptimo día hábil de octubre de 2027, según los dos últimos dígitos de tu NIT, sin el dígito de verificación. Declaras y pagas en una sola cuota1. El calendario es el mismo cada año: en 2026 fue del 12 de agosto al 26 de octubre4.
Cómo se tratan tus ingresos
Lo que cobras por tus sesiones son honorarios, y los honorarios son rentas de trabajo2. De ellos se restan primero tus aportes obligatorios a salud y pensión, que no son renta2. Por eso conviene tener todas las planillas del año.
Después viene la decisión más importante de tu declaración: restar tus costos y gastos, o tomar como renta exenta el 25% de lo que queda. No puedes hacer las dos cosas2.
- Costos y gastos. Los de tu consulta, soportados con factura electrónica2.
- El 25%. Sin soportes, con un tope de 790 UVT al año, unos COP 41,4 millones2,3.
Como regla de bolsillo: si tus costos con soporte suman menos de ese 25%, la renta exenta resta más. Pero las rentas exentas y las deducciones juntas, incluido el 25%, no pueden pasar del 40% de lo que queda después de aportes, ni de 1.340 UVT al año, unos COP 70,2 millones2,3. Esa cuenta conviene hacerla con quien lleva tu contabilidad, con tus números.
Lo que también reduce el impuesto
- Dependientes. 72 UVT por cada uno, hasta cuatro, en adición al tope del 40%2. Si trabajas por tu cuenta, esta es la deducción por dependientes que te aplica5.
- Aportes voluntarios a pensión y cuentas AFC. Renta exenta hasta el 30% de tus ingresos y 3.800 UVT al año2, dentro del tope del 40%.
- Intereses del crédito de vivienda. Deducibles hasta 1.200 UVT al año2.
- El 1% de tus compras con factura electrónica. Hasta 240 UVT, por fuera del tope del 40%, si la factura está a tu nombre, la pagaste con tarjeta o un medio electrónico y no la usaste como costo2.
Si alguien te retuvo
Si una institución o una empresa te pagó y te practicó retención en la fuente, te tiene que dar un certificado de retenciones a más tardar el último día hábil de marzo1. Lo que te retuvieron se resta del impuesto2.
¿Y la factura electrónica?
Para la DIAN, la psicología dirigida a la salud está excluida de IVA, y la psicología organizacional no6. Si solo prestas servicios excluidos y tus ingresos del año anterior o del actual son menores a 3.500 UVT, no tienes la obligación de facturar. Si facturas por tu cuenta, pasas a tenerla1.
Lo que tienes que reunir
Esta es la lista de la DIAN, ajustada a una consulta privada7. Empieza a pedir los certificados en enero: llegan con tiempo y no a última hora.
Para tu declaración del año 20267
- Tu RUT.
- Los certificados o extractos con el saldo de tus cuentas al cierre del año.
- Los certificados de ingresos de quienes te pagaron honorarios como institución o empresa.
- Los certificados de retenciones en la fuente.
- Los certificados de tus aportes a salud y pensión.
- La relación de tus facturas de gastos, con su valor.
- El certificado de intereses del crédito de vivienda, si tienes.
- La certificación de tus dependientes, si los declaras.
La DIAN pide conservar todos los soportes por si los requiere7.
Cómo lo hace Zentra
En Mis números descargas un archivo con tu año: las transacciones, el resumen de cada mes y el del año en CSV, y un resumen en PDF con tus ingresos, tus aportes estimados y tus gastos. Las transacciones no llevan el nombre de tus pacientes: solo la fecha, el concepto y el valor. Es lo que quien lleva tu contabilidad necesita para empezar.
Esta guía resume las normas vigentes al 30 de octubre de 2026. No reemplaza asesoría contable.
Fuentes
- Decreto 1625 de 2016, artículos 1.6.1.4.3, 1.6.1.13.2.7, 1.6.1.13.2.15 y 1.6.1.13.2.40 (normograma de la DIAN), consultada el 30 de octubre de 2026.
- Estatuto Tributario, artículos 55, 56, 103, 119, 126-1, 206, 336, 336-1, 373, 381, 592 y 594-3 (normograma de la DIAN), consultada el 30 de octubre de 2026.
- DIAN, Resolución 000238 de 2025 (UVT 2026), consultada el 30 de octubre de 2026.
- DIAN, Comunicado de prensa 128 de 2025 (calendario tributario 2026), consultada el 30 de octubre de 2026.
- Consejo de Estado, Sección Cuarta, auto del 21 de enero de 2025, expediente 28541 (normograma de la DIAN), consultada el 30 de octubre de 2026.
- DIAN, Concepto Unificado del IVA 0001 de 2003, numeral 2.1 (normograma de la DIAN), consultada el 30 de octubre de 2026.
- DIAN, Renta personas naturales: cómo hacer su declaración, año gravable 2025, consultada el 30 de octubre de 2026.