Seguridad social para psicólogos independientes en Colombia: salud, pensión y cuánto apartar
Cuánto pagas de salud y pensión como independiente en 2026: el IBC del 40%, el salario mínimo, los costos que puedes restar y cuándo se paga la planilla.
Si atiendes en consulta privada y tus pacientes te pagan a ti, para la seguridad social trabajas por cuenta propia: no hay un empleador que cotice por ti, y la salud y la pensión las pagas tú, cada mes. Esta guía explica cómo se calcula ese pago con las cifras de 20262 y qué conviene confirmar con quien lleva tu contabilidad.
Desde cuándo tienes que cotizar
Cotizas los meses en que tus ingresos netos llegan al menos a un salario mínimo1. En 2026 el salario mínimo es de COP 1.750.9052. El decreto que lo fijó estuvo suspendido unos meses, pero el valor no cambió en todo el año.
Se paga mes vencido: lo que pagas en un mes corresponde a lo que recibiste el mes anterior3.
La base: el 40% de tus ingresos
No cotizas sobre todo lo que recibes, sino sobre el ingreso base de cotización, el IBC: como mínimo, el 40% de tus ingresos del mes, sin IVA1. Cuentan los ingresos que de verdad recibiste en el mes, o los causados si tienes la obligación de llevar contabilidad.
El IBC nunca es menor que un salario mínimo ni mayor que 254. En 2026, eso es entre COP 1.750.905 y COP 43.772.625.
Los costos que puedes restar
Antes de aplicar el 40%, puedes restar los costos de tu actividad5. Hay dos formas:
- Tus costos reales, los que puedas soportar con documentos.
- Los costos presuntos de la UGPP, un porcentaje fijo por actividad que no pide soportes. Para las actividades de atención de la salud humana es del 63,24%, y adoptarlo es voluntario6.
El porcentaje que te corresponde depende de la actividad económica registrada en tu RUT. Confírmalo con quien lleva tu contabilidad antes de aplicarlo.
Salud y pensión
Sobre el IBC pagas 12,5% de salud4 y 16% de pensión7. Pagas los dos completos: no hay un empleador que ponga una parte.
El Fondo de Solidaridad Pensional
Si tu IBC llega a 4 salarios mínimos (COP 7.003.620 en 2026), pagas un 1% adicional para el Fondo de Solidaridad Pensional. Desde 16 salarios mínimos ese aporte sube por tramos, hasta un 2% por encima de 204.
La reforma pensional, la Ley 2381 de 2024, cambia esta escala, pero según la Corte Constitucional empieza a regir el 1 de abril de 20278. Hasta entonces se aplica la actual.
La ARL es voluntaria
Si trabajas por tu cuenta, cotizar a riesgos laborales es voluntario9. Es obligatorio, en cambio, si además tienes un contrato de prestación de servicios de más de un mes, por ejemplo con una institución.
Un ejemplo
Un mes con ingresos de COP 6.000.000, con el salario mínimo de 20262:
Sin restar costos. El IBC es el 40% de 6.000.000: COP 2.400.000. Salud, COP 300.000. Pensión, COP 384.000. Total del mes: COP 684.000.1,4,7
Con los costos presuntos de salud (63,24%). El ingreso neto es COP 2.205.600, y su 40% (COP 882.240) queda por debajo del piso, así que el IBC es un salario mínimo: COP 1.750.905. Salud, COP 218.900. Pensión, COP 280.200. Total del mes: COP 499.100.6,4,7
La planilla redondea cada aporte a la centena siguiente10. Ninguno de los dos casos llega al Fondo de Solidaridad.
Cuándo y cómo se paga
Pagas por la PILA, con la planilla de independientes11. La fecha límite depende de los dos últimos dígitos de tu documento: entre el 2.º y el 16.º día hábil del mes12.
En la declaración de renta
Los aportes obligatorios a salud y pensión son ingresos no constitutivos de renta: la declaración los resta de tus ingresos antes de calcular el impuesto13. Guarda las planillas pagadas.
Cómo lo hace Zentra
En Mis números, Zentra estima cada mes tu IBC, tu salud, tu pensión y, cuando aplica, el Fondo de Solidaridad, con el salario mínimo vigente. Lo calcula sobre el 40% de tus ingresos sin restar costos1, así que si restas costos, lo que pagarás será menor que el estimado. Si quien lleva tu contabilidad te indica restar costos, puedes cambiar el porcentaje del IBC en Configuración.
Cada cifra muestra de dónde sale, y al cierre del año descargas un archivo con los ingresos, los aportes estimados y los gastos del año para tu contabilidad.
Esta guía resume las normas vigentes al 30 de octubre de 2026. No reemplaza asesoría contable.
Fuentes
- Ley 2277 de 2022, artículo 89 (normativa de Colpensiones), consultada el 30 de octubre de 2026.
- Decreto 1469 de 2025, salario mínimo de 2026 (normativa de Colpensiones), consultada el 30 de octubre de 2026.
- Decreto 780 de 2016, artículo 2.2.1.1.1.7 (Función Pública, Gestor Normativo), consultada el 30 de octubre de 2026.
- Ley 100 de 1993, artículos 18, 19, 20 y 204 (normativa de Colpensiones), consultada el 30 de octubre de 2026.
- Decreto 379 de 2026 (Función Pública, Gestor Normativo), consultada el 30 de octubre de 2026.
- UGPP, Resolución 532 de 2024, esquema de presunción de costos (normativa de Colpensiones), consultada el 30 de octubre de 2026.
- Decreto 4982 de 2007, tasa de cotización a pensiones (normativa de Colpensiones), consultada el 30 de octubre de 2026.
- Corte Constitucional, Sentencia C-264 de 2026, consultada el 30 de octubre de 2026.
- Ley 1562 de 2012, artículo 2 (normativa de Colpensiones), consultada el 30 de octubre de 2026.
- Decreto 1990 de 2016, aproximación de los valores de la planilla (normativa de Colpensiones), consultada el 30 de octubre de 2026.
- Ministerio de Salud, Resolución 2388 de 2016, planilla de independientes (normativa de Colpensiones), consultada el 30 de octubre de 2026.
- Decreto 923 de 2017, plazos de pago de la PILA (normativa de Colpensiones), consultada el 30 de octubre de 2026.
- Estatuto Tributario, artículos 55, 56 y 336 (normograma de la DIAN), consultada el 30 de octubre de 2026.